Poder para vender o comprar

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Descripción

Es el acto jurídico por virtud del cual una persona llamada poderdante encomienda a otra llamada apoderado, la ejecución de un acto de dominio sobre un bien, ya sea éste mueble o inmueble; así como también podría ser sobre un derecho.

El apoderado puede actuar por cuenta propia o por cuenta del poderdante, según lo hayan pactado; también podría otorgarse sin representación, sin embargo, se advierte que se daría aviso de ello al SAT para cumplir con las normas en materia de lavado de dinero.

Requisitos

  1. Datos personales e identificación de la persona que otorga el poder (Poderdante);
  2. Determinar el bien o derecho objeto de la escritura del poder (en caso de inmueble deberá presentar Copia Certificada o Testimonio de la Escritura de Propiedad);
  3. Datos personales del (los) apoderado (s), y copia de los siguientes documentos: Identificación Oficial, CURP, Constancia de Situación Fiscal actualizada y Comprobante de domicilio.

 

Sí el Poderdante fuera persona moral, además se necesita:

  1. Copia certificada o testimonio de la escritura constitutiva;
  2. Copia certificada o testimonio de las actas notariales que hayan modificado el pacto social;
  3. Constancia de Situación Fiscal de la persona moral; y,
  4. Datos personales del representante legal  y copia de los siguientes documentos: Identificación Oficial, CURP, Constancia de Situación Fiscal actualizada y Comprobante de domicilio.

Trámites

  1. Para el caso de inmueble, el poder deberá inscribirse ante el Registro Nacional de Avisos de Poderes Notariales y en el Registro Público de la Propiedad.
  2. Si el poderdante es una persona moral, el poder deberá registrarse ante la Unidad de Inteligencia Patrimonial y Económica de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de Puebla.